Aprueban Decreto para prohibir venta de comida con bajo valor nutricional en tiendas escolares
Publicado en 2010-06-15
Hermosillo, Son. 15 de junio de 2010.- La 59 Legislatura del Estado de Sonora contribuye a generar las condiciones para que los niños puedan tener un crecimiento y desarrollo plenos, al aprobar este día el decreto que reforma diversas disposiciones de las leyes de Educación y de Salud, a fin de establecer la prohibición total de la venta de alimentos con bajo o nulo valor nutricional en las tiendas escolares.
El dictamen, que fue presentado por las comisiones de Educación y Cultura y de Salud, en forma unida, corresponde a la iniciativa original presentada en octubre de 2009 por la diputada Alejandra López Noriega, quien le dio lectura este martes ante el Pleno para someterlo a votación.
Este dictamen establece facultades específicas, tanto para la Secretaría de Educación y Cultura, como para la de Salud, a efecto de que puedan coordinarse para hacer efectiva la prohibición antes señalada.
Una vez aprobado por unanimidad el dictamen, el diputado Óscar Manuel Madero Valencia expuso que a la brevedad posible, esta Legislatura deberá invitar a los titulares de las secretarías de Educación y Cultura y de Salud, así como al Presidente de la Asociación Estatal de Padres de Familia, a fin de que se establezcan convenios que permitan que estas modificaciones vayan más allá de su aprobación por el Pleno.
Consideró que este Decreto permitirá hacer historia por la salud de la niñez de Sonora y a este Estado lo colocará como ejemplo en el ámbito nacional, en tanto la diputada López Noriega agradeció la aprobación unánime por parte del Pleno, así como las aportaciones que complementaron la iniciativa original, e hizo un reconocimiento a la SEC, a la Secretaría de Salud y a la Asociación Estatal de Padres de Familia, ya que a la par del trabajo legislativo, ellos trabajan en un comité con líneas de operación en el mismo sentido.
Reforman Ley del Servicio Civil
En la misma sesión se aprobó un dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la reforma de la fracción II del Artículo 42 de la Ley del Servicio Civil para el Estado de Sonora, con el propósito de encaminar las normas jurídicas que rigen al Estado de Sonora por el sendero del estado de Derecho.
La comisión consideró modificar la citada disposición, a efecto de que se establezca que cuando se dé la terminación de la relación del servicio civil con un trabajador por el hecho de haberse suprimido su plaza en el presupuesto de egresos o en la ley respectiva, el trabajador puede optar por su indemnización igual a tres meses del último salario que disfrutaba o su colocación en otra plaza equivalente, como lo señala una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Categoría(s): Diputados